La posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
Cuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
respuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
maria de franco mi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
para gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
buenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
Soy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
nuestros comentarios: 1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS 2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto 3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
con que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
Saludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia? La sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
Saludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja. 2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo. 3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo) 4) no creo (inager) 5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
Como es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página Web NO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE... CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES..... DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE.... DIGANME POR FAVOR!!!!
Hola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido. Les agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal. MARIANELA GONZALEZ Caracas...
señora marianela gonzález: el decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS. recomendamos visitar las oficinas del IVSS. demás usuarios: sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer. Maria L. Medina
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
Mi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
Para no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
Para los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
Si este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
buenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.
señora maría de franco: su mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
Buen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
estoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿ cómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
buenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado. 2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto. 3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción. 4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº 5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
Hola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
AL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
AL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA...OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES.....PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL....HUUUMMMMMMMMMM?
respuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
respuesta para garibaldi: en la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).
comentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Maria
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA
Estoy cesante despues de la entrada en vigencia del decreto, tengo 62 años y tengo 360 cotizaciones. Tengo derecho al beneficio ?.Puedo pagar las cotizaciones faltantes?
analizando, las edades en el hombre 60 y en la mujer 55, se deberia hacer un analices y es el siguiente, ya ha estas edades, las personas estan en la ultima curva, mas aquellos que son enfermos y no han tenido una vida equilibrada y han oasado el trabajo parejo, creo que deberia estudiarse en rebajar las edades para disfrutar de ese derecho, podria ser el hombre a los 55 y la mujer a los 50, tomando en cuenta que a esa edad, ninguna empresa les da un trabajo estable, ni para limpieza de hogares, por el temor que se caigan y les sale mas caro al contratante... analicen esto y pongase en el lugar de aquellos marginados que hay muchos, y que cotizaciones, al tener la edad ya automaticamente, cualquier gibierno debe pensionarlos, porque es un deber, y hay plata para eso.... demen la razon.... ¿ que opina el presidente chavez, y el presidente del IVSS,,,, modifiquen ese decreto, DE donde van a sacar reales esos ansianos para completar las cotizaciones,si no tienen ni que comer...el que esta en la gloria, no le importa nada, ni nadie,.. y menos a los socialistas ricos entaparados, esos ya tienen su jubilacion segura.......... Hoja lean esto. los de la asamblea y los de los medios de comunicacion del estado,empezando por el imcreido, de la hojilla, ese es ricachon entaparado.......adiosssssssssssss
yo estoy , muy deacuerdo con usted, sr anonimo. es la purita verdad.... yo tengo 56 años y estoy mas limpio, que el piso de miraflores, jajjaja, me da risa, como estos que dicen luchar por el pueblo, no toman en cuenta de donde van a sacar reales ,mas de 9000 bf. o 9000 millones, suena mejor , para que se den cuenta, que es bastante dinero, para ellos que, si tuvieran la misma pension del ivss, la reunirian en 8 meses, sin comer, ni poder cancelar sus servicios,,, ¿ que tal ? que opina el siguiente lector..... y hagale, la misma pregunta al siguiente...
Como hacen las amas de casa para optar a la pension del seguro social, mi mama tiene 70 años y toda su vida ha trabajado en el hogar, mi papa tiene 77 años y acumulo 1364 cotizaciones ya introduje sus documentos y no me han dado respuesta de nada. Patricia Uccello 04148798188 Gracias necesito respuesta urgente por favor! Mi papa es un señor mayor que esta en cama por una fractura de femur.
buenas tardes necesito con urgencia si un familiar pede realizar los tramites a persona enferma, ya q las colas son infinitas y no puede estar de pie mucho tiempo porque tiene amputacion de varios dedos de uno de sus pies, es hipertenso y casi no ve porqe sufre de retinopatia diabetica grado IV, tiene 70 años y su estado fisico esta bastante deteriorado por la diabetes
por fa necesito saber si un familiar de una persona con un estado de salud bastante delicado que no le permite realizar esas maratonicas colas en la caja regional puede realizar los tramites para acogerse al decreto 7401
buenas noche sr carbonelis es para saber por que no salio publicado la lista que segun se publicaria el 15 de agosto del presente ya que en la oficina de porlamar le dijeron que seria publicado ese dia y no salio
Naci el 08 de Mayo de 1950, tengo 213 cotizaciones y en la oficina regional de Maracay me dijeron que no tengo derecho a acojerme al decreto presidencial 7.401 porque es para los que cumplan los 60 años antes del 01 de Mayo de 2.010. Si el decreto tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2.010 porque no aceptan los que cumplan los 60 años antes de esa fecha. " QUE FRAUDE "
buenos dias hace tres meses cancele el resto de mis cotizaciones e hice todos los tramites pero hasta la fecha no e salido en ningun listado que se a publicado. debo esperar hasta diciembre para poder gozar del beneficio porque hasta en la cuenta individual me aparecen 392 cotizaciones y ya las cancele todas
buenos dias mi nombre Datos del Asegurado Cédula de Identidad V-6676520 Nombre y Apellido ZERPA JOSE AMABLE Sexo: MASCULINO Fecha de Nacimiento: 28/01/1946 Número Patronal: D13809924 Nombre Empresa: CLEMENTE URRIETA Fecha de Egreso: 07/02/1974
entonces le explico mi caso apena cuento con 6 semanas cotizadas y no tengo los recursos necesarios para pagar las otras cotizacioens qm hacen faltan q tengo q hacer aq organismo me dirigo para obtar ala pension espero pronto repuesta de ustedes
SOY UNA MUJER DE 53 AÑOS Y TENGO 254 SEMANAS COTIZADAS, QUE DEBO HACER PARA CONTINUAR PAGANDO DE MANERA PARTICULAR YA QUE NINGUNA EMPRESAME DA EMPLEO PORLA EDAD Y TRABAJO EN MI CASA COMO COSTURERA Y QUISIERA PODER LLEGAR A DISFRUTAR DEL BENEFICIO DE LA PENSION. LOS DECRETOS ANTERIORES NO LOS HE PODIDO DISFRUTAR PORQUEES PARA LOS QUE YA TIENEN LA EDAD, POR FAVOR DIGANME QUE HACER PORQUE EN LA OFICINA DE ACARIGUA NADIE SABE NADA. MI NOMBRE ES IMELDA COROMOTO SANCHEZ.
EL PRESIDENTE CHAVEZ YA SABE QUE LOS QUE CUMPLAN LA EDAD PARA PENSIONARSE ENTRE MAYO Y DICIEMBRE DE 2010, NO TIENEN DERECHO A ACOGERSE AL DECRETO 7.401? ME PARECE BASTANTE ABSURDO QUE EL LEGISLADOR HAYA PUESTO ESA TRAMPA CASA BOBOS AHI. ESTOY SEGURO QUE EL COMANDANTE NO SABE ESO. CHAVEZCANDANGA.
Yo tengo el siguiente caso: mi mama tiene mas de la edad exigida por el decreto y quedo cesante el 30 de abril de este año, en el ivss de san cristobal le calcularos las semanas que debia pagar y se busco el dinero y se pago y ahora no le reciben los papeles porque esta cesante el 30 de abril y el decreto no la ampara. Quien le pone coto a esta ola de mentirosos del ivss en san cristobal, se nota clarito que lo que quieren es dinero... y ahora que mas podemos hacer para que nos escuchen y le reciban los papeles a mi mama???
hola ricardo, tengo 60 años y 728 cotizaciones el ivss me dice que tengo que buscar una empresa que me inscriba por los 5 meses que me falta y que no puedo hacer la continuidad facultativa . Esto es cierto? tengo mis 14100, originales de mis trabajos, pero dice que no aplica porque tenia que estar trabajando 5 años seguidos ? saludos
Buenas Desearia saber como se hace para saber que la jubilacion me sera pagada toda vez que ya hice todos los tramites y pagos para beneficiar del decreto durante el mes de octubre 2010. La publicacion sale donde ?
BUENOS DIAS, TENGO UNA DUDA Y QUIERO QUE ME LA EXPLIQUEN, MI PAPÁ TIENE 74 AÑOS, Y HA COTIZADO 376 SEMANAS,`PERO CUANDO FUIMOS AL IVSS CON LA PAGINA QUE IMPRIMIMOS EN LA MISMA DICE QUE A EL LE APLICAN EL ART.92 Y POR LO TANTO EL SISTEMA LO RECHAZA Y VAN A METERLO EN UNA LISTA DE RECHAZADOS PARA VER SI LO ACEPTAN, Y A MI ME GUSTARIA QUE ME EXPLICARAN ESE ARTICULO92 Y EL PORQUE DE ESTA SITUACIÓN
Mi mamá es española y reside en España. Enviamos un poder redactado por el consulado, junto con los demás documentos exigidos. Nuestro tramitador en Caracas hizo el pago el pago de las cotizaciones faltantes, pero ahora el IVSS no le entrega la planilla 1404 que es el justificante de la solicitud si no se presenta mi mamá en el IVSS personalmente. Es una arbitrariedad ya que España y Venezuela tienen convenio y henos seguido las instrucciones del IVSS. POr favor, aceonséjenos qué debemos hacer.
alguien que me diga que es el articulo 92 o que dice tal articulo..... tengo 60 años y no tengo cotizaciones. por favor al señor ricardo carbonell que me aconseja..gracias de antemano---
según el decreto arriba copiado, debe haber cumplido 60 años al 1º de mayo. sino tiene cotizaciones, creo que es muy dificil que el IVSS le otorgue pensión a través del decreto.
Tengo 58 años y estoy cesante desde Enero 2010 y solo me faltan 120 cotizaciones, fui al Seguro y me calcularon lo que debo pagar y luego me dicen que el decreto no aplica para los que estan cesante desde este año, hice la reclamación y no me han dado respuesta.
Hola Señor Carbonell, el que cumple con los requisitos después de entrar en vigencia el decreto 7401, no goza de ningún beneficio, con respecto al cobro de pensión. A mi me pasó, cumplí la edad después del primero de mayo, he visitado la caja regional de Cagua en dos oportunidades y la de Maracay una vez. Hasta la fecha no me han aceptado, por no aparecer dentro de las calculadoras.
Efectivamente, de acuerdo al texto del decreto, se aplica a quienes hayan cumplido la edad requerida al 1º de mayo de 2010. Todo lo cual me parece ABSOLUTAMENTE INJUSTO. NO HAY LÓGICA EN ESA DECISIÓN. ESTÁN PERJUDICANDO A MUCHA GENTE.
Saludos, una amiga me pidio que preguntase si ella puede acogerse al decreto, su fecha de nac es 31-7-1955 y tiene una cooperativa por lo que aún no esta cesante..como renuncia a una cooperativa si funge como presidente? por las entradas anteriores he visto que por la fecha de nacimiento y por no estar cesante antes del 30-4 no le corresponde..pero no han realizado correcciones y enmiendas a esta normativa? hay algunas condiciones o requisitos especiales a quienes trabajen en cooperativas? Agradezco la información ya que mi amiga la requiere urgente, porque se vence el plazo y ella no sabia de este decreto.
MI PAPA TIENE 85 AÑOS Y ME DIJERON EL SEGURO SACIAL QUE NO SE LE PERMITE POR NO ENER LA EDAD. ESTA CESANTE E INSCRITO EN EL SEGURO. PREGUNTO POR QUE NO LO ACEPTAN. SU NOMBRE CARLOS MARTURET. QUISIERA UNA RESPUESTA PRONTO. TENEMOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE EXIGEN. EL DECRETO NO DISCRIMA EDAD MAYOR DE 85 AÑOS.
Respecto del mensaje sobre el señor Carlos Marturet, creo que deben insistir, ya que, efectivamente, el decreto no tiene límite máximo de edad. Recomendamos dejar constancia por escrito, correo electrónico y/o cuentas twitter de las autoridades de lo que está sucediendo para que quede evidencia de su solicitud, y que está siendo discriminado y no está siendo atendido como es obligación constitucional de los funcionarios públicos
hace 11 años quede viuda como mi esposo no tenia las cotizaciones completa no me dieron la pension de sobriviente ni porque dejo menor de edad me dijieron que ni las podia pagar sera verda eso quiero una respuesta
Y este decreto quedo ahi, que pasa con los que cumplen este año 2011 y no tienen las cotizaciones o les falta poco, yo por ejemplo tengo 703 cotizaciones y cumplo 60 en agosto
Cómo hace una persona que tiene bajas cotizaciones y sobrepasa la edad y no tiene recursos económicos y posee enfermedades crónicas(diabetes, tension alta, poco tiempo de haberle dado un ACV), es cesante, que puede hacer para lograr este beneficio
Buenos días, por favor me podrían asesorar en lo siguiente: Cumplo 55 años en Marzo del 2012, tengo 262 semanas cotizadas; el decreto 7401 del 2010 me protege para poder cotizar las otras 488, como lo hago? Gracias.
muy buenas. que debo hacer si faltan meses para cumplir la edad requerida, soy mujer, para cumplir los 55 años, tengo 126 semanas cotizadas, actualmente estoy trabajando de recepcionista en un consultorio desde hace mas de un año y no esta inscritos en el ivss, por lo tanto no estoy cotizando, que debo hacer si quiero comenzar a gozar de mi pesnsion al cumplir la edad requerida, que debo hacer para completarlas en estos meses o como obligo a mis empleadores a inscribirse en el ivss. gracias de antemano.
Buenos dias, tengo 58 años (14-02-1953)y tengo 464 cotizaciones y estoy dada de baja por la ultima empresa que trabaje, como puedo hacer para pagar las cotizaciones que me faltan o que decreto en mi caso me pudiera dar beneficios adicionales o poder pagar, gracias.
Buenos días! Soy jubilada del ME y salí cesante el 31-12-2006 ya cumplí los 55 años en octubre del 2011, me han devuelto mi expediente porque según en el IVSS Regional hay un problema de sistema a nivel nacional y por una 4 cuotas del año 2009 que aparecen en la planilla de la Cuenta Individual por error de sistema en Internet. aun cuando tengo todos los documentos probatorios y 1400 semanas cotizadas , los funcionarios insisten q debo llevarles un Acta o Nota de Crédito por esa 4 cuotas: Soy del interior; Quien pueda ayudarme; donde puedo dirigirme en Caracas para q me den solución a mi caso. Gracias!
EGO/ 27-03-12 HE VENIDO COBRANDO MI PENSION DE VEJEZ, DESDE EL MES DE DICIEMBRE DE 2010, TENGO 80 ANOS, SIN EMBARGO, AL PRESENTARME A HACER EFECTIVO MI PENSION EN EL MES DE MARZAO, ME DIGERON EN EL BANCO QUE NO ME HABIAN DEPOSITADO, QUE DEBO HACER/ GRACIAS/
Buenas tardes quisiera saber si el Seguro Social devuelve el exdente de las cotizaciones luego de estar pensionedo, es decir, si devuelve la diferencia de las 750 cotizaciones obligatorias para acceder a la pension de vejez.
buenos dias estoy en la cuenta individual con 1230semanas cotizadas pero aparezco activa la empresa ya no existe que puedo hacer en este caso me pide la 14-100 y no la tenga por favor responder
Buenas noches, estoy jubilada como docente desde el 2006 y tengo 61 años, ya tengo la pensión de vejez.Trabajo en un colegio privado desde el 2007 y allí me empezaron a descontar desde septiembre del año pasado el seguro social y tengo según cuenta individual 1410 semanas cotizadas.Cómo se entiende eso ,si ya el estado me paga pensión? si de allí me retiro, el estado me dará otra pensión?
cuando caduca el decreto
ResponderEliminarartículo 8º: hasta el 31 de diciembre de 2010
ResponderEliminarel decreto es para todos??? que tengan la edad exigida?????? graciass
ResponderEliminarLa posibilidad de que el beneficiario cancele el resto de sus cotizaciones, así tenga menos de las 700 cotizaciones establecidas en el decreto, podra así cancelar esa diferencia para cumplir con el minimo de las 750 cotizaciones, para gozar de su pension de vejez? Gracias
ResponderEliminarCuando se hara justicia por la igualdad de genero de cancelar las cotizaciones a los hombres mayores desde los 55 años? Recuerden que todos somos iguales y habemos personas en esas edades que ya no conseguimos trabajos con sueldos dignos y trabajos estables
ResponderEliminarsi la persona que cotizaba falleció hace 10 años, mi padre, mi madre pagando las demás cotizaciones puede disfrutar del beneficio.
ResponderEliminarrespuesta al último comentario: no creo, ya que el decreto trata de pensión de vejez. habría que consultar con el IVSS, si aplica para pensión de sobreviviente.
ResponderEliminarmaria de franco
ResponderEliminarmi mama trabajo en san felipe en una escuela para el ministerio de educacion y ya es jubilada como bedel y por que ella no aparece cotizando nunca el seguro social que debo hacer mi mama tiene casi los 78 años
le recomiendo buscar las planillas de pago del salario de su mamá, para saber que le descontaban. tambien recomendamos visitar el departamento de educación del ministerio, para buscar una explicación.
ResponderEliminarpara gozar de este beneficio, se debe estar CESANTE???.que sucede si se esta cotizando aun..y tiene la edad y le faltan semanas???..creo esto no se ha tratado.
ResponderEliminarbuenas tardes tengo familiares que se encuentran enfermos pero que alguna vez cotizaron y quieren acogerse al decreto se podra actuar ante el seguro social con un poder notariado gracias
ResponderEliminarSoy trabajador informal y nunca he cotizado al Seguro Social. De igual manera tengo mas de la edad minima requerida. Cuanto tengo que pagar por la totalidad de las cotizaciones.
ResponderEliminarGracias
nuestros comentarios:
ResponderEliminar1) no debe estar cesante. si están cotizando se benefician del decreto. deben consultar con el IVSS
2) si cotizaron, tambien se benefician del decreto
3) debe estar inscrito en el IVSS para resultar beneficiado, pero le recomiendo ir al IVSS
me faltan cotizaciones pero cumplo la edad en diciembre me puedo acoger al decreto
ResponderEliminarestimo que sí, ya que el decreto caduca el 31 de diciembre de 2010.
ResponderEliminarcon que porcentaje esta calculado el pago para cotizar las semana si mas o menos con un sueldo de 1200 son como 11 mil y algo mas o menos y con el sueldo nuevo por que da 16,95 bsf por semana
ResponderEliminarSaludos, tengo 2 preguntas: Mi mama tiene la edad pero ha cotizado 585 semanas 1.-¿le toca pagar 165 o 115 cotizaciones de diferencia?
ResponderEliminarLa sede de su empresa patronal esta en Caracas, pero ella les trabaja en Barquisimeto 2.-¿en dónde le toca hacer los trámites, en Caracas o en Barquisimeto?
tengo 55 años nunca he cotizado como hago para poder acogerme al plan de pension vivo en punto fijo - falcon , agradesco su informacion. gracias
ResponderEliminarHola tengo una pregunta si una persona que tiene una ayuda economica fija mensual de INAGER, podra beneficiarse de este decreto.
ResponderEliminarSaludos, tengo una duda, mi madre tiene mas de la edad exigida, pero no tiene las cotizaciones completas, no aprovechó el decreto anterior y entonces la puse a cotizar por una empresa que tengo, en este momento cuenta con 300 cotizaciones y esta como trabajador activo. Mi pregunta es: debe estar cesante para solicitar su pension a traves de este decreto o puede hacerlo estando activa en la empresa, ya que escuche por televisión que otro requisito es estar cesante. Muchas gracias por la atención.
ResponderEliminar1) debe consultar directamente con el IVSS o en el departamento de rrhh de la empresa donde trabaja.
ResponderEliminar2) debe haber cotizado 750 semanas. está dentro del decreto. el IVSS debe dictar el instructivo respectivo.
3) debe estar inscrito en el IVSS (p. fijo)
4) no creo (inager)
5) está incluida dentro del decreto. se trata de pensión de vejez. el IVSS debe dictar un instructivo.
El IVSS tiene que revisar este articulo, me parece que no es logico que para una persona cesante aplique el articulo 7401 y para aquellas personas mayores que por diversos motivos, principalmente el economico para su manuntencion esten trabajando no se les aplique, al asamblea y el presidente deben revisarlo, todas las mujeres mayores de 55 y los hombre mayores de 60 lo merecen,son Venezolanos
ResponderEliminarComo es eso de que se debe tener la condición de cesante si en el Decreto emitido por el Presidente y publicado en Gaceta Oficial N° 39414 de fecha 20 de Abril de 2010 no aparece la palabra "cesante", el Presidente del IVSS obstaculiza la buena intención del Presidente de la República colocando más trabas para su ejecución. Esto aparece en el PROGRAMA EXCEPCIONAL Y TEMPORAL DECRETO 7.401 emitido por el IVSS en su página Web
ResponderEliminarNO SE DEBE ACEPTAR ENVIAR A TRAVES DEL TWITER A CHAVEZCANDANGA PARA QUE EL PRESIDENTE SE ENTERE DE ESTA INEFICIENCIA Y BUROCRACIA
A MI MAMA EN EL IVSS LA DEVOLVIERON PORQUE "NO ENTRA EN EL DECRETO YA QUE ESTÁ ACTIVA"Y TIENE QUE SER CESANTE... CON 56 AÑOS Y 718 COTIZACIONES..... DONDE DICE EL DECRETO QUE TIENE QUE SER CESANTE.... DIGANME POR FAVOR!!!!
ResponderEliminarHola tengo una duda,,,, ok yo realizo todo el tramite correspondiente por las oficinas autorizadas pero mi duda es el limite de tiempo para hacer efectivo todo el pago es hasta el 31 de diciembre o hay otra fecha si mal no he oido.
ResponderEliminarLes agradezco la informacion que me puedan brindar en este caso ya que es para cancelar el beneficio para mi madre que esta en San Cristobal.
MARIANELA GONZALEZ
Caracas...
señora marianela gonzález:
ResponderEliminarel decreto expresa que caduca el 31 de diciembre de 2010. no he visto publicado el instructivo del IVSS.
recomendamos visitar las oficinas del IVSS.
demás usuarios:
sobre quejas del decreto pueden vistar las oficinas del IVSS o escribir a @chavezcandanga por twitter y expresar sus ideas en 140 caracteres.
Tengo más de 55 años, cotizo mediante la figura continuacion facultativa ya que me faltan mas de 100 cotizaciones, lo que hace que aparesca activa en la carta individual. Fui a la caja regional que me corresponde y me dijeron que no se me aplica el decreto 7401 por estar activa, les pregunte si me podia retirar yo misma para poder hacer el tramite y me dijeron que no porque tenia que estar cesante antes del 1 de mayo. Mi pregunta es si es verdad que las personas como yo en continuacion facultativa que ya tenemos mas de la edad requerida no se nos aplica el decreto 7401, y que podemos hacer.
ResponderEliminarMaria L. Medina
YO QUISIERA Q PENSARAN UN POQUITO USTEDES CREEN Q UNA PERSONA MAYOR DE MAS DE 60 AÑO O MAS Q HAY MAS Q ALGUN DIA TRABAJO Y PUDO COTIZAR ALGO DEL SEGURO SOCIAL Y AHORA SE LE PRESENTA ESTA OPORTUNIDAD Y PARA COMPLETAR LAS 750 TIENE Q PAGAR MAS DE 7 MIL BSF, EXPLIQUEME DE DONDE PUEDE TENER ESA PERSONA PARA PAGAR SI ES DE BAJO RECURSO ENTONCE NO GOZARA DE ESE BENEFICIO POR NO TENER DINERO, SOLAMENTE LO PAGARAN LOS RICOS POR Q SON LOS QUE PUEDEN PAGAR CREO Q DEBERAN Q TOMAR OTRAS MEDIDAS PARA Q LAS PERSONAS DE BAJO RECURSO PUEDAR GOZAR DE ESTA PENSION POR FAVOR AYUDEN AL PUEBLO. PATRIA SOCIALISMO VENCEREMOS!!!11!
ResponderEliminarMi inquietud es igual a la de la Señora medina, Mi suegra tiene 690 cotizaciones y 62 años de edad. Se encuentra activa pues esta pagando bajo la continuación facultativa. ¿qué hay con estos casos? Entran o no en el decreto.
ResponderEliminarSolsiré
Buenas tardes agradezco la personana que me pueda responder para no amanecer haciendo cola en el seguro; tengo 62 años, pués nací en el 47 y voy a cumplir 63 estoy trabajando desde los 19 años 1o en una fábrica, veia en mi sobre el cobro del seguro que nunca apareció aprox. el año 1966, luego otros trabajos que no me cobraban seguro, suplencias desde 1991, que me descontaban el seguro. otras instituciones que no cotizaba, graduada de maestra desde 1999 activa hasta el presente y cotizando tuve que llevar todo a la Z.E. y de todos esos años me dicen que tengo sólo 413 cotizaciones. Mi pregunta es ? entro en el decreto¿ porque dice que es para todos los que tienen la edad y yo estaba esperando este decreto para terminar de cotizar.
ResponderEliminarPara no amacecer en una cola necesito que me respondan. ?Que se debe hacer¿ si trabajo desde 1991 como suplente en primer lugar aparte de otros trabajas que no aseguraban a nadie, pero como suplente si veia que cobraban el seguro y mi cuenta individual aparecia que no estaba registrada hasta el año pasado que las llevé a la Zona E, ya que estoy graduada desde 1999, voy a cumplir 63 años y no he dejado de trabajar desde los 19 años, además soy pionera de las Misiones hasta la actualidad. Ahora, solo me aparecen 413 cot ? Que debo hacer? ? Entro en el Decreto¿
ResponderEliminarPara los últimos comentarios, se les aplica el artículo 4 del decreto: personas que tienen la edad exigida y han cotizado menos 700 semanas y manifiestan su voluntad de completar las 750 semanas. les recomiendo dejar constancia escrita de sus planteamientos: cartas o mensajes electrónicos al IVSS
ResponderEliminarSi este decreto dice que es para todas las personas que tienen la edad. Por Dios es una pensión de vejez, si una persona se siente con fuerza y útil en su trabajo y quiere trabajar unos años más porque se graduó tarde, tiene que esperar entonces a tener 70 u 80 años para disfrutar de su pensión de vejéz, porque ajuro tiene que retirarse de su trabajo ? como es eso¿ ?que clase de decreto es¿, que limita a las personas, si uno se retira no le pagan el 100º/º además le quitan la cesta ticket y el dinero no alcanza, ni para los servicios básicos, ni para disfrutar de la recreación, porque no tenemos un sueldo equilibrado, ya que somos simples asalariados. Expliquen eso por favor.
ResponderEliminarbuenas sr carbonell tengo una inquietud mi mama la sra graciela castillo c.i. 821.989 edad 87 trabajo en la escuela j.j maya de san felipe como bedel y por el ministerio de educacion fue incapacitada por tener cancer y aparece como q no cotiza seguro social quisiera que me ayudara para saber a donde puedo dirigirme para investigar que paso con eso y solo cobra su jubilacion ella tendra posibilidades que me la exoneren del pago para poder recibir ese beneficio y no tiene como pagar el seguro por favor necesito q me ayude a mi mama.
ResponderEliminargracias. atte, maria de franco
señora maría de franco:
ResponderEliminarsu mamá debe estar amparada por el contrato colectivo del min. de educación. creo que la jubilación hace las veces de pensión de vejez. no estoy seguro, que élla pueda tener las dos. creo que habría que pedir asistencia al sindicato respectivo y/o al min y/o al IVSS.
BUENOS DIAS SR:RICARGO,MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI MAMA SOLO COTIZO 88 SEMENAS, PERO SU CUENTA INDIVIDUAL SIGUE ACTUALIZADA..¿CREE USTED QUE PUEDE SER VENEFICIADA POR EL DECRETO 7401.?
ResponderEliminarBuen dia yo soy ama de casa nunca he trabajado en empresa alguna, pero me inscribieron en el IVSS y pague 112 cotizaciones, ya me retiraron , es decir estoy cesante tambien, y dispongo para cancelar el resto de las cotizaciones restante que faltan, pero mi duda es que escuche que en este decreto no incluye a las amas de casa, es cierto. POrque nosotras somos tan trabajadoras como cualquiera. Aunque no se nos cancele nada.
ResponderEliminarestoy activa en el seguro y tengo 58 años, me retire de la empresa donde cotizo y en el ivss no le aceptaron la planilla de retiro al empleador, le dijeron que siguiera cotizando por mi hasta diciembre que ellos le reintegrarian el dinero, ¿
ResponderEliminarcómo sabe el seguro si la persona renunció o no'?de ser así deberian aceptar mi renuncia para el tramite de la pensión y optar por el decreto,. saludos.
mi inquietud es la siguiente cumplo los 55 para septiembre , estoy cesante y 45 semanas cotizadas, podre pagar las restantes el dia de mi cumpleaño para poder octar a la pension, saludos y gracias por atender a mi duda
ResponderEliminarbuenas tardes sr, carbonell mi pregunta es mi papa cotizo 1750 semanas del seguro social y el ya esta cobrando desde hace dos años el seguro le devuelve las cotizaciones que tiene de mas o no, y si las devuelve tiene que ir al seguro a meter reclamo aviseme por que con lo que tiene de mas le puede completar las semanas a mi mama que le falta. se podra si o no
ResponderEliminar1) señora de 88 semanas, creo que su caso está contemplado.
ResponderEliminar2) ama de casa de 112 cotizaciones, creo que tambien su caso está dentro del decreto.
3) sra. de 58 años, seguir cotizando es una buena opción.
4) 45 semanas: creo que tambien está dentro del dº
5) tiene lógica su planteamiento. sería bueno intentarlo
buenas tarde sr. carbonelli quisiera preguntar como podria saber si mi papa cotizo seguro social ya q el dice que trabajo en una muebleria llamada contrera en porlamar pero ya esa muebleria no existe y el no tiene nigun recibo de pago para verificar eso fue mas de 45 años como podria hacer. para averiguar sera que en el seguro me podran averiguar yo dando el nombre de la empresa, por que el asegura q pagaba seguro social y q ademas le daban charlar sobre el seguro el seguro tendra esa informacion
ResponderEliminarHola buenas noche mi mama va cumplir 56 años y trabaja de domestica en una casa de familia, tiene 69 cotizaciones en el seguro me dijeron que podia entrar en el decreto por vejez por ella presenta problemas de salud y que la retirará por que tenia que estar cesante despues que la retire me dijeron que no podia por que tenia que estar cesante antes que el presidente diera el decreto y que las domestica no entran en el decreto 7401, mi pregunta es ¿Es eso verdad, mi mama no puede acogerse en este decreto?
ResponderEliminarAL ENTERARME DEL DECRETO Y CUMPLIR LA EDAD ME DIRIJI A PARQUE CENTRAL Y QUIERO INFORMARLE A MUCHAS PERSONAS Q AQUI ESCRIBEN LO SIGUIENTE, YA ENVIE COMUNICACION SOLICITANDO EXPLICACION MAS CLARA SOBRE EL DECRETO 7401, PRIMERO, ME INFORMARON Q LA PERSONA DEBE ESTAR CESANTE ANTES DEL 1RO DE MAYO, DIA PUBLICACION DEL DECRETO, SEGUNDO LA PERSONA DEBE HABER CUMPLIDO LA EDAD ANTES DE ESA FECHA, HE ALLI MI DUDA POR CUANTO YO CUMPLI 55 AÑOS EL 30 DE MAYO Y YA ME DIJERON Q NO ME BENEFICIO,PREGUNTE EL MOTIVO Y ME INFORMARON Q BENEFICIA A LOS Q CUMPLEN LA EDAD ANTES DEL 1RO DE MAYO
ResponderEliminarAL QUEDAR CESANTE, CUMPLIR LA EDAD ANTES DEL DECRETO,Y COMO ME FALTAN 100 COTIZACIONES, PREGUNTE SI ME PODIA ACOGER A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA Y ME INFORMARON EN PARQUE CENTRAL QUE NO, QUE DEBIA ESPERAR 6 MESES LUEGO DE HABER QUEDADO CESANTE PARA ACOGERME A LA CONTINUIDAD FACULTATIVA, POR OTRO LADO ME PREGUNTO SI EL DECRETO ABARCA HASTA DICIEMBRE DE 2010, PORQ LAS PERSONAS QUE CUMPLEN AÑOS EN ESE PERIODO NO SON BENEFICIADAS? YA AVERIGUE Y ES TAL COMO LES INFORMO ATRAVES DE ESTA VIA, LA ESPERANZA Q ME DIO UNA PERSONA TRABAJADORA DEL SEGURO SOCIAL, ES Q ESPERARA PUES SUPUESTAMENTE VA A SALIR OTRO DECRETO MAS AMPLIO,CREO Q LO DICEN PARA SACARSE A LAS PERSONAS DE ENCIMA...OJO PELAO CON ESO, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DEL SEGURO TIENEN BUENAS INTENCIONES.....PERO DUDAMOS DE LA INFORMACION Q DAN LOS EMPLEADOS DEL SEGURO SOCIAL, PARQ CENTRAL....HUUUMMMMMMMMMM?
ResponderEliminarrespuesta para la señora susana: de la lectura del decreto, el supuesto esencial es que los varones tengan cumplidos al 1º de mayo de 2010 60 años de edad y las hembras 55 años de edad.
ResponderEliminarrespuesta para garibaldi:
ResponderEliminaren la página web del IVSS puede averiguar cuantas semanas cotizadas tiene su padre. debe colocar la cédula de identidad y la fecha de nacimiento de él.
respuesta general: el decreto exige dos aspectos: edad al 1º de mayo de 2010 (varones 60 años y hembras 55 años) y 750 semanas cotizadas ó 700 semanas cotizadas (el estado asume el pago de 50 semanas cotizadas) ó menos de 700 semanas cotizadas (el asegurado debe aportar lo que falte).
ResponderEliminarcomentario adicional: nos parece injustificado que se beneficien a quienes hayan cumplido la edad al 1º de mayo. el beneficio debe ser de carácter general.
Yo tengo 56 años, soy mujer y quede cesante el 15 de abril de 2010, me faltan 81 semanas para llegar a las 750 cotizaciones, el sistema me rechaza por que la empresa notifico mi retiro a IVSS despues de entrada en vigencia el decreto. Me coresponde ese beneficio o no. Y que puedo hacer para obtener a mi pension de vejez. Gracias. Maria
ResponderEliminarqu
Hola, mi mama llevo su Cuenta Individual a las Ofic. del IVSS de Puerto Ordaz, le dijeron que tenia que estar cesante, pues ella esta trabajando para terminar de cotizar sus 750 semanas (lleva 458 semanas)y tiene 59 años, entonces ella se retiro el 25 de Mayo 2010 , fue con los papeles nuevamente y la nueva cuenta Individual que dice CESANTE y ahora le salieron que ella NO puede porque debía estar cesante antes del 01 de Mayo 2010. Pregunto??? Quien le pagara las semanas que quedo inactiva y Quien le dará nuevamente trabajo a esa edad???? porque NO ponen personas Capacitadas que den La Información CORRECTA
ResponderEliminarEstoy cesante despues de la entrada en vigencia del decreto, tengo 62 años y tengo 360 cotizaciones. Tengo derecho al beneficio ?.Puedo pagar las cotizaciones faltantes?
ResponderEliminaranalizando, las edades en el hombre 60 y en la mujer 55, se deberia hacer un analices y es el siguiente, ya ha estas edades, las personas estan en la ultima curva, mas aquellos que son enfermos y no han tenido una vida equilibrada y han oasado el trabajo parejo, creo que deberia estudiarse en rebajar las edades para disfrutar de ese derecho, podria ser el hombre a los 55 y la mujer a los 50, tomando en cuenta que a esa edad, ninguna empresa les da un trabajo estable, ni para limpieza de hogares, por el temor que se caigan y les sale mas caro al contratante... analicen esto y pongase en el lugar de aquellos marginados que hay muchos, y que cotizaciones, al tener la edad ya automaticamente, cualquier gibierno debe pensionarlos, porque es un deber, y hay plata para eso.... demen la razon.... ¿ que opina el presidente chavez, y el presidente del IVSS,,,, modifiquen ese decreto, DE donde van a sacar reales esos ansianos para completar las cotizaciones,si no tienen ni que comer...el que esta en la gloria, no le importa nada, ni nadie,.. y menos a los socialistas ricos entaparados, esos ya tienen su jubilacion segura.......... Hoja lean esto. los de la asamblea y los de los medios de comunicacion del estado,empezando por el imcreido, de la hojilla, ese es ricachon entaparado.......adiosssssssssssss
ResponderEliminaryo estoy , muy deacuerdo con usted, sr anonimo. es la purita verdad.... yo tengo 56 años y estoy mas limpio, que el piso de miraflores, jajjaja, me da risa, como estos que dicen luchar por el pueblo, no toman en cuenta de donde van a sacar reales ,mas de 9000 bf. o 9000 millones, suena mejor , para que se den cuenta, que es bastante dinero, para ellos que, si tuvieran la misma pension del ivss, la reunirian en 8 meses, sin comer, ni poder cancelar sus servicios,,, ¿ que tal ? que opina el siguiente lector..... y hagale, la misma pregunta al siguiente...
ResponderEliminarComo hacen las amas de casa para optar a la pension del seguro social, mi mama tiene 70 años y toda su vida ha trabajado en el hogar, mi papa tiene 77 años y acumulo 1364 cotizaciones ya introduje sus documentos y no me han dado respuesta de nada.
ResponderEliminarPatricia Uccello 04148798188
Gracias necesito respuesta urgente por favor! Mi papa es un señor mayor que esta en cama por una fractura de femur.
buenas tardes necesito con urgencia si un familiar pede realizar los tramites a persona enferma, ya q las colas son infinitas y no puede estar de pie mucho tiempo porque tiene amputacion de varios dedos de uno de sus pies, es hipertenso y casi no ve porqe sufre de retinopatia diabetica grado IV, tiene 70 años y su estado fisico esta bastante deteriorado por la diabetes
ResponderEliminarpor fa necesito saber si un familiar de una persona con un estado de salud bastante delicado que no le permite realizar esas maratonicas colas en la caja regional puede realizar los tramites para acogerse al decreto 7401
ResponderEliminarbuenas noche sr carbonelis es para saber por que no salio publicado la lista que segun se publicaria el 15 de agosto del presente ya que en la oficina de porlamar le dijeron que seria publicado ese dia y no salio
ResponderEliminarNaci el 08 de Mayo de 1950, tengo 213 cotizaciones y en la oficina regional de Maracay me dijeron que no tengo derecho a acojerme al decreto presidencial 7.401 porque es para los que cumplan los 60 años antes del 01 de Mayo de 2.010. Si el decreto tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2.010 porque no aceptan los que cumplan los 60 años antes de esa fecha. " QUE FRAUDE "
ResponderEliminarbuenos dias hace tres meses cancele el resto de mis cotizaciones e hice todos los tramites pero hasta la fecha no e salido en ningun listado que se a publicado. debo esperar hasta diciembre para poder gozar del beneficio porque hasta en la cuenta individual me aparecen 392 cotizaciones y ya las cancele todas
ResponderEliminarbuenos dias mi nombre
ResponderEliminarDatos del Asegurado
Cédula de Identidad V-6676520
Nombre y Apellido ZERPA JOSE AMABLE
Sexo: MASCULINO
Fecha de Nacimiento: 28/01/1946
Número Patronal: D13809924
Nombre Empresa: CLEMENTE URRIETA
Fecha de Egreso: 07/02/1974
entonces le explico mi caso apena cuento con 6 semanas cotizadas y no tengo los recursos necesarios para pagar las otras cotizacioens qm hacen faltan q tengo q hacer aq organismo me dirigo para obtar ala pension espero pronto repuesta de ustedes
SOY UNA MUJER DE 53 AÑOS Y TENGO 254 SEMANAS COTIZADAS, QUE DEBO HACER PARA CONTINUAR PAGANDO DE MANERA PARTICULAR YA QUE NINGUNA EMPRESAME DA EMPLEO PORLA EDAD Y TRABAJO EN MI CASA COMO COSTURERA Y QUISIERA PODER LLEGAR A DISFRUTAR DEL BENEFICIO DE LA PENSION. LOS DECRETOS ANTERIORES NO LOS HE PODIDO DISFRUTAR PORQUEES PARA LOS QUE YA TIENEN LA EDAD, POR FAVOR DIGANME QUE HACER PORQUE EN LA OFICINA DE ACARIGUA NADIE SABE NADA. MI NOMBRE ES IMELDA COROMOTO SANCHEZ.
ResponderEliminarEL PRESIDENTE CHAVEZ YA SABE QUE LOS QUE CUMPLAN LA EDAD PARA PENSIONARSE ENTRE MAYO Y DICIEMBRE DE 2010, NO TIENEN DERECHO A ACOGERSE AL DECRETO 7.401? ME PARECE BASTANTE ABSURDO QUE EL LEGISLADOR HAYA PUESTO ESA TRAMPA CASA BOBOS AHI. ESTOY SEGURO QUE EL COMANDANTE NO SABE ESO. CHAVEZCANDANGA.
ResponderEliminarYo tengo el siguiente caso: mi mama tiene mas de la edad exigida por el decreto y quedo cesante el 30 de abril de este año, en el ivss de san cristobal le calcularos las semanas que debia pagar y se busco el dinero y se pago y ahora no le reciben los papeles porque esta cesante el 30 de abril y el decreto no la ampara.
ResponderEliminarQuien le pone coto a esta ola de mentirosos del ivss en san cristobal, se nota clarito que lo que quieren es dinero...
y ahora que mas podemos hacer para que nos escuchen y le reciban los papeles a mi mama???
hola ricardo, tengo 60 años y 728 cotizaciones el ivss me dice que tengo que buscar una empresa que me inscriba por los 5 meses que me falta y que no puedo hacer la continuidad facultativa . Esto es cierto? tengo mis 14100, originales de mis trabajos, pero dice que no aplica porque tenia que estar trabajando 5 años seguidos ?
ResponderEliminarsaludos
Buenas
ResponderEliminarDesearia saber como se hace para saber que la jubilacion me sera pagada toda vez que ya hice todos los tramites y pagos para beneficiar del decreto durante el mes de octubre 2010. La publicacion sale donde ?
BUENOS DIAS, TENGO UNA DUDA Y QUIERO QUE ME LA EXPLIQUEN, MI PAPÁ TIENE 74 AÑOS, Y HA COTIZADO 376 SEMANAS,`PERO CUANDO FUIMOS AL IVSS CON LA PAGINA QUE IMPRIMIMOS EN LA MISMA DICE QUE A EL LE APLICAN EL ART.92 Y POR LO TANTO EL SISTEMA LO RECHAZA Y VAN A METERLO EN UNA LISTA DE RECHAZADOS PARA VER SI LO ACEPTAN, Y A MI ME GUSTARIA QUE ME EXPLICARAN ESE ARTICULO92 Y EL PORQUE DE ESTA SITUACIÓN
ResponderEliminarMi mamá es española y reside en España. Enviamos un poder redactado por el consulado, junto con los demás documentos exigidos. Nuestro tramitador en Caracas hizo el pago el pago de las cotizaciones faltantes, pero ahora el IVSS no le entrega la planilla 1404 que es el justificante de la solicitud si no se presenta mi mamá en el IVSS personalmente. Es una arbitrariedad ya que España y Venezuela tienen convenio y henos seguido las instrucciones del IVSS. POr favor, aceonséjenos qué debemos hacer.
ResponderEliminarA MI ESPOSA LE NEGARON ,PAGAR LA DIFERENCIA ,PORQUE CUMPLIO 55 AÑOS EL 22 DE MAYO Y EL DECRETO ES PERA LOS QUE CUNPLIERON ANTES DEL 30 DE ABRIL.
ResponderEliminaralguien que me diga que es el articulo 92
ResponderEliminaro que dice tal articulo.....
tengo 60 años y no tengo cotizaciones.
por favor al señor ricardo carbonell que me aconseja..gracias de antemano---
según el decreto arriba copiado, debe haber cumplido 60 años al 1º de mayo. sino tiene cotizaciones, creo que es muy dificil que el IVSS le otorgue pensión a través del decreto.
ResponderEliminarTengo 58 años y estoy cesante desde Enero 2010 y solo me faltan 120 cotizaciones, fui al Seguro y me calcularon lo que debo pagar y luego me dicen que el decreto no aplica para los que estan cesante desde este año, hice la reclamación y no me han dado respuesta.
ResponderEliminarHola Señor Carbonell, el que cumple con los requisitos después de entrar en vigencia el decreto 7401, no goza de ningún beneficio, con respecto al cobro de pensión. A mi me pasó, cumplí la edad después del primero de mayo, he visitado la caja regional de Cagua en dos oportunidades y la de Maracay una vez. Hasta la fecha no me han aceptado, por no aparecer dentro de las calculadoras.
ResponderEliminarEfectivamente, de acuerdo al texto del decreto, se aplica a quienes hayan cumplido la edad requerida al 1º de mayo de 2010. Todo lo cual me parece ABSOLUTAMENTE INJUSTO. NO HAY LÓGICA EN ESA DECISIÓN. ESTÁN PERJUDICANDO A MUCHA GENTE.
ResponderEliminarSaludos, una amiga me pidio que preguntase si ella puede acogerse al decreto, su fecha de nac es 31-7-1955 y tiene una cooperativa por lo que aún no esta cesante..como renuncia a una cooperativa si funge como presidente? por las entradas anteriores he visto que por la fecha de nacimiento y por no estar cesante antes del 30-4 no le corresponde..pero no han realizado correcciones y enmiendas a esta normativa? hay algunas condiciones o requisitos especiales a quienes trabajen en cooperativas? Agradezco la información ya que mi amiga la requiere urgente, porque se vence el plazo y ella no sabia de este decreto.
ResponderEliminarMI PAPA TIENE 85 AÑOS Y ME DIJERON EL SEGURO SACIAL QUE NO SE LE PERMITE POR NO ENER LA EDAD. ESTA CESANTE E INSCRITO EN EL SEGURO. PREGUNTO POR QUE NO LO ACEPTAN. SU NOMBRE CARLOS MARTURET.
ResponderEliminarQUISIERA UNA RESPUESTA PRONTO. TENEMOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE EXIGEN. EL DECRETO NO DISCRIMA EDAD
MAYOR DE 85 AÑOS.
Respecto del mensaje sobre el señor Carlos Marturet, creo que deben insistir, ya que, efectivamente, el decreto no tiene límite máximo de edad. Recomendamos dejar constancia por escrito, correo electrónico y/o cuentas twitter de las autoridades de lo que está sucediendo para que quede evidencia de su solicitud, y que está siendo discriminado y no está siendo atendido como es obligación constitucional de los funcionarios públicos
ResponderEliminarhace 11 años quede viuda como mi esposo no tenia las cotizaciones completa no me dieron la pension de sobriviente ni porque dejo menor de edad me dijieron que ni las podia pagar sera verda eso quiero una respuesta
ResponderEliminarnecesito saber si este art esta vigente todavía
ResponderEliminarBuen dia, necesito saber cuando entrara en vigencia nuevamente el decreto 7.401 en el año en curso (2011). gracias
ResponderEliminarSera que en este año 2011 estara vigente nuevamente el decreto 7411.
ResponderEliminarY este decreto quedo ahi, que pasa con los que cumplen este año 2011 y no tienen las cotizaciones o les falta poco, yo por ejemplo tengo 703 cotizaciones y cumplo 60 en agosto
ResponderEliminarCómo hace una persona que tiene bajas cotizaciones y sobrepasa la edad y no tiene recursos económicos y posee enfermedades crónicas(diabetes, tension alta, poco tiempo de haberle dado un ACV), es cesante, que puede hacer para lograr este beneficio
ResponderEliminarBuenos días, por favor me podrían asesorar en lo siguiente: Cumplo 55 años en Marzo del 2012, tengo 262 semanas cotizadas; el decreto 7401 del 2010 me protege para poder cotizar las otras 488, como lo hago? Gracias.
ResponderEliminarmuy buenas. que debo hacer si faltan meses para cumplir la edad requerida, soy mujer, para cumplir los 55 años, tengo 126 semanas cotizadas, actualmente estoy trabajando de recepcionista en un consultorio desde hace mas de un año y no esta inscritos en el ivss, por lo tanto no estoy cotizando, que debo hacer si quiero comenzar a gozar de mi pesnsion al cumplir la edad requerida, que debo hacer para completarlas en estos meses o como obligo a mis empleadores a inscribirse en el ivss. gracias de antemano.
ResponderEliminarBuenos dias, tengo 58 años (14-02-1953)y tengo 464 cotizaciones y estoy dada de baja por la ultima empresa que trabaje, como puedo hacer para pagar las cotizaciones que me faltan o que decreto en mi caso me pudiera dar beneficios adicionales o poder pagar, gracias.
ResponderEliminarBuenos días! Soy jubilada del ME y salí cesante el 31-12-2006 ya cumplí los 55 años en octubre del 2011, me han devuelto mi expediente porque según en el IVSS Regional hay un problema de sistema a nivel nacional y por una 4 cuotas del año 2009 que aparecen en la planilla de la Cuenta Individual por error de sistema en Internet. aun cuando tengo todos los documentos probatorios y 1400 semanas cotizadas , los funcionarios insisten q debo llevarles un Acta o Nota de Crédito por esa 4 cuotas: Soy del interior; Quien pueda ayudarme; donde puedo dirigirme en Caracas para q me den solución a mi caso. Gracias!
ResponderEliminarEGO/ 27-03-12 HE VENIDO COBRANDO MI PENSION DE VEJEZ, DESDE EL MES DE DICIEMBRE DE 2010, TENGO 80 ANOS, SIN EMBARGO, AL PRESENTARME A
ResponderEliminarHACER EFECTIVO MI PENSION EN EL MES DE MARZAO, ME DIGERON EN EL BANCO QUE NO ME HABIAN DEPOSITADO, QUE DEBO HACER/ GRACIAS/
Buenas tardes quisiera saber si el Seguro Social devuelve el exdente de las cotizaciones luego de estar pensionedo, es decir, si devuelve la diferencia de las 750 cotizaciones obligatorias para acceder a la pension de vejez.
ResponderEliminarbuenos dias estoy en la cuenta individual con 1230semanas cotizadas pero aparezco activa la empresa ya no existe que puedo hacer en este caso me pide la 14-100 y no la tenga por favor responder
ResponderEliminarcuando iran a poner el decreto de este año. van a esperar que resucite chavez?
ResponderEliminarBuenas noches, estoy jubilada como docente desde el 2006 y tengo 61 años, ya tengo la pensión de vejez.Trabajo en un colegio privado desde el 2007 y allí me empezaron a descontar desde septiembre del año pasado el seguro social y tengo según cuenta individual 1410 semanas cotizadas.Cómo se entiende eso ,si ya el estado me paga pensión? si de allí me retiro, el estado me dará otra pensión?
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