GACETA OFICIAL: # 39.461 del 8 de julio de 2010
ENTE EMISOR: Banco Central de Venezuela
NORMA: Aviso Oficial del 8 de julio de 2010
OBJETO/TÍTULO: FIJACIÓN DE TASAS DE INTERES:
ENTE EMISOR: Banco Central de Venezuela
NORMA: Aviso Oficial del 8 de julio de 2010
OBJETO/TÍTULO: FIJACIÓN DE TASAS DE INTERES:
A) PRESTACIONES DE ANTIGUEDAD PARA EL MES DE JUNIO DE 2010:
(1) 17,65 % anual: Tasa
activa promedio de los 6 principales bancos comerciales y
universalescon mayor volúmen de depósitos, aplicable en los supuestos
del artículo 108, literal b, de la Ley Orgánica del Trabajo
(2) 16,10 % anual: Tasa
promedio entre la activa y la pasiva estipulada por los 6
principalesbancos comerciales y universales con mayor volúmen de
depósitos,aplicable en los supuestos del artículo 108, literal c, de la
Ley Orgánica del Trabajo
B) CRÉDITOS DESTINADOS A LA ADQUISICIÓN
DE VEHÍCULOS OTORGADOS MEDIANTE CONTRATOS DE VENTA CON RESERVA DE
DOMINIO Y BAJO LA MODALIDAD DE CUOTA BALÓN, APLICABLE PARA EL MES DE JULIO DE 2010:
Tasa de Interés Máxima 17,65 % anual
C) OPERACIONES CON TARJETAS DE CRÉDITOS, APLICABLE PARA EL MES DE JULIO DE 2010:
Máxima: 29% anual, Mìnima: 17% anual y Mora: 3% anual adicional
Máxima: 29% anual, Mìnima: 17% anual y Mora: 3% anual adicional
D)
TASAS DE INTERÉS ACTIVA PREFERENCIAL PARA LAS OPERACIONES CREDITICIAS
DESTINADAS AL SECTOR TURISMO PARA EL MES DE JULIO DE 2010:
15% anual
E) PARA LAS OPERACIONES CONTEMPLADAS EN LOS ARTÍCULOS 28, 30 y 31 DE LA LEY DE CRÉDITO PARA EL SECTOR TURISMO PARA EL MES DE JULIO DE 2010:
máxima 12% anual
No hay comentarios:
Publicar un comentario