martes, 20 de abril de 2010

CONVENIO CAMBIARIO Nº 17

GACETA OFICIAL: # 39.405 del 16 de abril de 2010 
ENTE EMISOR: Ejecutivo Nacional y Banco Central de Venezuela 
NORMA: Convenio Cambiario Nº 17 de fecha 15 de abril de 2010 
OBJETO/TÍTULO: DEFINICIONES DE VARIADOS SUPUESTOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS NUEVAS TASAS DE CAMBIO PARA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL CONVENIO ALADI Y EL FONDO CONJUNTO CHINO-VENEZOLANO 
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO 
NOTA 1: Se fija en Bs.F. 2,60 (Bs. viejos 2.600,00) por dólar de EUA la tasa de cambio para las operaciones de VENTA de divisas correspondiente a importaciones provenientes de AAD emitidas por CADIVI al 8 de enero de 2010 y que no posean código de autorización de liquidación de divisas a la fecha indicada, o emisión de código de reembolso en el caso de importaciones canalizadas por el Convenio ALADI, por concepto de:
Importaciones para los sectores comercio; electrodomésticos y telecomunicaciones, siempre y cuando haya ingresado al país y cuenten con AAD emitida por CADIVI dentro de los 3 meses anteriores a la vigencia del Convenio Cambiario Nº 14 del 8 de enero de 2010,e, 
Importaciones para el sector automotríz, siempre y cuando haya ingresado al país y cuenten con AAD emitida por CADIVI dentro de los 6 meses anteriores a la vigencia del Convenio Cambiario Nº 14 del 8 de enero de 2010 
NOTA 2:  Se fija en Bs.F. 4,2893 (Bs. viejos 4.289,30) por dólar de EUA la tasa de cambio para las operaciones de COMPRA de divisas provenientes de las operaciones del Fondo conjunto CHINO-VENEZOLANO, según convenio publicado en la GO # 39.019 del 18 de septiembre de 2008 y enmendado según protocolo publicado en la GO # 39.183 del 21 de mayo de 2009

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