jueves, 27 de enero de 2011

CREACIÓN Servicio Nacional Administración Enajenación Bienes Incautados Confiscados Decomisados Relativos a Drogas

GACETA OFICIAL: # 39.602 del 26 de enero de 2011
ENTE EMISOR: Presidencia de la República 
NORMA: Decreto Nº 8.013 del 25 de enero de 2011 
OBJETO/TÍTULO: Decreto que crea el Servicio Nacional de Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Confiscados y Decomisados
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO 
NOTA 1: Este servicio desconcentrado  especializado no tendrá personalidad jurídica y es dependiente de la Oficina Nacional Antidrogas, con autonomía técnica y capacidad de gestión administrativa, operativa, presupuestaria, financiera y de disposición
NOTA 2: Tiene por objeto la planificación, organización, funcionamiento, administración, disposición, liquidación, enajenación, custodia, inpsección, vigilancia, procedimientos y control dentro y fuera del país, sobre los bienes muebles e inmuebles, capitales, naves y aeronaves, vehículos automotores, obras de arte y joyas, semovientes, activos y haberes bancarios, acciones y derechos asignados por los tribunales penales del país, conforme a la ley que regula la materia de drogas, sin perjuicio de otros bienes, derec hos y acciones que en virtud de su competencia se le atribuyan

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