GACETA OFICIAL: # 39.671 del 11 de mayo de 2011
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.192 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de bienes inmuebles de una superficie de 983.000 m2, ubicados en la Urbanización La Limonera, carretera Baruta-Hoyo de la Puerta, en la via que conduce a El Placer y Sarteneja, Municipio Baruta, Estado Miranda, y demás bienes muebles y bienhechurias alli situadas, exceptuándose los bienes propiedad de FOGADE o de algún otro ente de la administración pública nacional
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: El decreto califica de 'URGENTE' (artículo 5º) la realización de la obra Desarrollo Urbanístico La Limonera y que será ejecutada por todos los órganos y entes públicos responsables conforme a sus respectivas competencias (artículo 7º)
NOTA 2: La Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.192 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de bienes inmuebles de una superficie de 983.000 m2, ubicados en la Urbanización La Limonera, carretera Baruta-Hoyo de la Puerta, en la via que conduce a El Placer y Sarteneja, Municipio Baruta, Estado Miranda, y demás bienes muebles y bienhechurias alli situadas, exceptuándose los bienes propiedad de FOGADE o de algún otro ente de la administración pública nacional
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: El decreto califica de 'URGENTE' (artículo 5º) la realización de la obra Desarrollo Urbanístico La Limonera y que será ejecutada por todos los órganos y entes públicos responsables conforme a sus respectivas competencias (artículo 7º)
NOTA 2: La Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra
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