GACETA OFICIAL: # 39.676 del 18 de mayo de 2011
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.196 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de un lote de terreno y la edificación en él construida denominado el EDIFICIO EL CASTILLO, ubicado en la Parroquia Catedral de la ciudad Caracas, Municipio Libertador
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
DEROGATORIA: Derogó el Decreto Nº 8.025 del 1º de febrero de 2011, publicado en la GO # 39.606 de la misma fecha
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Recuperación y Rehabilitación del Edificio El Castillo para el Pueblo de Caracas'
NOTA 2: El decreto (artículo 5º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra de conformidad al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencias de Terrenos y Vivienda y la Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra (artículo 8º)
NOTA 3: parcela de 326 m2, avenida Sur 3
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.196 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de un lote de terreno y la edificación en él construida denominado el EDIFICIO EL CASTILLO, ubicado en la Parroquia Catedral de la ciudad Caracas, Municipio Libertador
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
DEROGATORIA: Derogó el Decreto Nº 8.025 del 1º de febrero de 2011, publicado en la GO # 39.606 de la misma fecha
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Recuperación y Rehabilitación del Edificio El Castillo para el Pueblo de Caracas'
NOTA 2: El decreto (artículo 5º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra de conformidad al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencias de Terrenos y Vivienda y la Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra (artículo 8º)
NOTA 3: parcela de 326 m2, avenida Sur 3
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