GACETA OFICIAL: # 39.676 del 18 de mayo de 2011
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.193 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) del lote de terreno de 9.113,33 M2, ubicado en la Zona Industrial El Algodonal, Parroquia Antínamo, Municipio Libertador del Distrito Capital
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
DEROGATORIA: Se deroga el Decreto Nº 8.004 del 18 de enero de 2011, publicado en la GO # 39.596 de la misma fecha
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Nueva Comunidad Socialista Amatina'
NOTA 2: El decreto (artículo 5º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra de conformidad al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencias de Terrenos y Vivienda y la Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra (artículo 8º)
NOTA 3: El decreto derogado expresaba que los bienes expropiados son propiedad de las sociedades mercantiles Cervecería Polar C.A. y Refinadora de Maíz Venezolana, hoy omiten la información
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 8.193 del 5 de mayo de 2011
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) del lote de terreno de 9.113,33 M2, ubicado en la Zona Industrial El Algodonal, Parroquia Antínamo, Municipio Libertador del Distrito Capital
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
DEROGATORIA: Se deroga el Decreto Nº 8.004 del 18 de enero de 2011, publicado en la GO # 39.596 de la misma fecha
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Nueva Comunidad Socialista Amatina'
NOTA 2: El decreto (artículo 5º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra de conformidad al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencias de Terrenos y Vivienda y la Vicepresidencia Ejecutiva de la República asumirá el control y supervisión del proceso de expropiación y de ejecución de la obra (artículo 8º)
NOTA 3: El decreto derogado expresaba que los bienes expropiados son propiedad de las sociedades mercantiles Cervecería Polar C.A. y Refinadora de Maíz Venezolana, hoy omiten la información
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