jueves, 17 de febrero de 2011

SEGUROS Normas Regulación Operaciones Empresas Medicina Prepagada

GACETA OFICIAL: # 39.617 de fecha 16 de febrero de 2011 
ENTE EMISOR: Superintendencia de la Actividad Aseguradora
NORMA: Providencia Nº 326 del 2 de febrero de 2011 
OBJETO/TÍTULO: Normas para regular las Operaciones de las Empresas de Medicina Prepagada
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO 

NOTA 1: Las empresas deberán, entre otros requisitos, obtener autorización de funcionamiento de la Superintendencia, estar constituida bajo la figura de compañía anónima, con un capital mínimo de 90.000 unidades tributarias (hoy Bs.F. 5.850.000,00), cinco accionistas de reconocida solvencia económica y moral, y otorgar la garantía prevista en la Ley de la Actividad Aseguradora 
NOTA 2: Las empresas que actualmente están operando tienen 180 dias calendarios para formular la respectiva solicitud y 90 dias calendarios para ajustar su capital social, constituir las reservas técnicas y otorgar la correspondiente garantía, ambos plazos contados a partir de la vigencia de las normas

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