GACETA OFICIAL: # 6.011 (EX) del 21 de diciembre de 2010
ENTE EMISOR: Asamblea Nacional
NORMA: Ley aprobada por la AN el 13 de diciembre de 2010 y suscrita por el Ejecutivo Nacional el 21 de diciembre de 2010
OBJETO/TÍTULO: Ley Orgánica de las Comunas
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: La Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el poder popular, estableciendo normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la comuna como entidad local donde los ciudadanos en el ejercicio del poder popular ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado comunal en el marco del estado democrático y social de derecho y justicia
NOTA 2: Con esta ley se crea los órganos/entidades /medios siguientes: la comuna, el banco comunal, las cartas comunales, el consejo de economía comunal, el consejo de contraloría comunal, los distritos de desarrollo, los ejes estratégicos de desarrollo territoral, el estado comunal, la gaceta comunal, el parlamento comunal, el consejo ejecutivo del parlamento comunal, el consejo de planificación comunal
NOTA 3: Esta Ley es abierta, tajante y ostensiblemente inconstitucional
ENTE EMISOR: Asamblea Nacional
NORMA: Ley aprobada por la AN el 13 de diciembre de 2010 y suscrita por el Ejecutivo Nacional el 21 de diciembre de 2010
OBJETO/TÍTULO: Ley Orgánica de las Comunas
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: La Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el poder popular, estableciendo normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la comuna como entidad local donde los ciudadanos en el ejercicio del poder popular ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado comunal en el marco del estado democrático y social de derecho y justicia
NOTA 2: Con esta ley se crea los órganos/entidades /medios siguientes: la comuna, el banco comunal, las cartas comunales, el consejo de economía comunal, el consejo de contraloría comunal, los distritos de desarrollo, los ejes estratégicos de desarrollo territoral, el estado comunal, la gaceta comunal, el parlamento comunal, el consejo ejecutivo del parlamento comunal, el consejo de planificación comunal
NOTA 3: Esta Ley es abierta, tajante y ostensiblemente inconstitucional
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