GACETA OFICIAL: # 39.544 del 3 de noviembre de 2010
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 7.786 del 2 de noviembre de 2010
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de todos los bienes muebles, inmuebles y bienhechurias propiedad de la sociedad mercantíl Siderúrgica del Turbio S.A. (SIDETUR), sus empresas filiales y afiliadas; bienes que están ubicados en Puerto Ordaz, estado Bolívar; Barquisimeto, estado Lara; La Yaguara, Caracas; Guarenas, estado Miranda; Valencia, estado Carabobo
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Complejo Siderúrgico Bolivariano'
NOTA 2: El decreto (artículo 3º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra
ENTE EMISOR: Presidencia de la República
NORMA: Decreto Nº 7.786 del 2 de noviembre de 2010
OBJETO/TÍTULO: Se ordena la expropiación (adquisición forzosa) de todos los bienes muebles, inmuebles y bienhechurias propiedad de la sociedad mercantíl Siderúrgica del Turbio S.A. (SIDETUR), sus empresas filiales y afiliadas; bienes que están ubicados en Puerto Ordaz, estado Bolívar; Barquisimeto, estado Lara; La Yaguara, Caracas; Guarenas, estado Miranda; Valencia, estado Carabobo
VIGENCIA: A partir de su publicación en GO
NOTA 1: Los bienes expropiados se utilizarán para la obra 'Complejo Siderúrgico Bolivariano'
NOTA 2: El decreto (artículo 3º) califica de 'URGENTE' la realización de la citada obra
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