GACETA OFICIAL: # 39.646 del 31 de marzo de 2011
ENTE EMISOR: Banco Central de Venezuela (BCV)
NORMA: Aviso Oficial del 30 de marzo de 2011
OBJETO/TÍTULO: A partir del 1º de abril de 2011, las instituciones bancarias deberán efectuar a través de los mecanismos dispuestos al efecto, la conformación de los cheques girados contra cuentas de depósito a la vista, emitidos por personas naturales o jurídicas, siempre que su monto sea igual o superior a los CIEN BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 100,00)
VIGENCIA: A partir del 1º de abril de 2011
NOTA: Se intuye que el objetivo del aviso es fijar en Bs.F. 100,00, la cantidad mínima para la conformación de cheques
ENTE EMISOR: Banco Central de Venezuela (BCV)
NORMA: Aviso Oficial del 30 de marzo de 2011
OBJETO/TÍTULO: A partir del 1º de abril de 2011, las instituciones bancarias deberán efectuar a través de los mecanismos dispuestos al efecto, la conformación de los cheques girados contra cuentas de depósito a la vista, emitidos por personas naturales o jurídicas, siempre que su monto sea igual o superior a los CIEN BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 100,00)
VIGENCIA: A partir del 1º de abril de 2011
NOTA: Se intuye que el objetivo del aviso es fijar en Bs.F. 100,00, la cantidad mínima para la conformación de cheques
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